Adaptación al retroceso del litoral: ayuda « Retroceso del litoral - EJE 2

junio 2023

El Fonds d’accélération de la transition écologique dans les territoires, también conocido como « Fondo Verde », es un plan innovador diseñado para ayudar a las autoridades locales a impulsar su rendimiento medioambiental, adaptar sus zonas al cambio climático y mejorar su entorno vital. Anunciado el 27 de agosto por la Primera Ministra, Elisabeth Borne, el fondo cuenta con una dotación de 2.000 millones de euros en créditos descentralizados a los prefectos para financiar proyectos presentados por las autoridades locales y sus socios públicos o privados. Entrará en vigor a principios de 2023. Las ayudas están destinadas a las zonas costeras especialmente afectadas por la subida del nivel del mar y los fenómenos meteorológicos extremos.

Para descargar: cahier_accompagnement_axe2_recul_trait_cote.pdf (660 KiB)

En respuesta al retroceso del litoral, la Ley nº 2021-1104, de 22 de agosto de 2021, otorga a las autoridades locales nuevas competencias para organizar la reorganización de su territorio en el marco de sus responsabilidades en materia de planificación y desarrollo urbanos. Las disposiciones legislativas introducidas se basan en cuatro prioridades: comprender el retroceso del litoral; desarrollar las herramientas jurídicas necesarias para gestionar los bienes existentes especialmente vulnerables; regular las nuevas construcciones; y permitir la reorganización del espacio.

La reorganización de la zona como consecuencia del retroceso de la línea de costa debe considerarse como una operación de desarrollo global que requiere diversas actuaciones: diagnósticos territoriales, estudios de programación urbana/espacial, estrategia de suelo, capitalización de operadores públicos de desarrollo, adquisiciones de propiedades, procedimientos medioambientales, obras diversas y, en particular, trabajos de demolición y renaturalización, así como iniciativas de consulta y comunicación. El reto consiste en crear un efecto de palanca para iniciar y llevar a cabo estas acciones.

Sin embargo, los importes disponibles son generalmente insuficientes para responder a las necesidades. Además, la erosión no es un riesgo natural importante. Por consiguiente, la reurbanización de las zonas amenazadas por la erosión no puede beneficiarse de los fondos de indemnización existentes vinculados a los grandes riesgos naturales. La puesta en marcha de iniciativas de reurbanización genera importantes necesidades financieras a corto plazo en términos de estudios y acciones operativas. Por lo tanto, la financiación nacional debería contribuir a suavizar los picos de gastos y proporcionar un mayor apoyo a las zonas más vulnerables.

La Ley sobre el Clima y la Resiliencia prevé la promulgación de un decreto que establezca la « lista de municipios cuyas políticas de urbanismo y desarrollo deben adaptarse al retroceso del litoral ». Esta lista de municipios constituye la base del nuevo sistema de adaptación de las zonas costeras al retroceso del litoral en el contexto del cambio climático. Los municipios de esta lista se benefician del apoyo del Estado y de sus operadores. También se benefician de un marco jurídico específico creado por la Ley sobre el Clima y la Resiliencia en el código de urbanismo (retención parcial de los derechos de construcción a cambio de un depósito y la obligación de demoler a su debido tiempo). Por último, se benefician de toda una serie de herramientas específicas (derechos de tanteo del litoral, arrendamientos inmobiliarios para adaptarse a la erosión costera, posibilidad de derogar determinadas disposiciones de la Ley de Costas, métodos de valoración de la propiedad, etc.) para permitir la reorganización espacial de su territorio.

Ahora se trata de apoyar el despliegue de esta política, que tendrá un efecto estructurador sobre las zonas costeras y su capacidad de adaptación a los efectos del cambio climático (fenómenos climáticos más numerosos y frecuentes, subida del nivel del mar).

Ambición ecológica del proyecto financiado

Con el objetivo de adaptarse al cambio climático, los proyectos financiados por el Fondo Verde deben apoyar a las autoridades locales en la puesta en marcha de operaciones de anticipación y adaptación a los efectos del cambio climático y del retroceso del litoral.

Vínculos con otros regímenes conexos

Esta financiación se añade a las subvenciones para estudios y operaciones de gestión flexible del litoral y de la franja costera asignadas por el Ministerio a través del presupuesto del Estado y de la dotación « litoral » de los « fonds de concours » de la Agencia Francesa de Financiación de Infraestructuras de Transporte (AFITF).

Además del apoyo financiero a los proyectos de las autoridades locales, el Fondo Verde puede financiar servicios de ingeniería para los promotores de proyectos que los necesiten para facilitar la ejecución de los proyectos financiados por esta medida del Fondo Verde. Además, el Fondo Verde puede ayudar a las autoridades locales a desarrollar proyectos con una fuerte ambición medioambiental a partir de una dotación dedicada a servicios de ingeniería para coordinación, planificación o estrategia.

En su caso, los promotores de proyectos podrán movilizar las capacidades de intervención de la Banque des territoires en forma de financiaciones de ingeniería local (para apoyar la puesta en marcha y la estructuración de los proyectos) o de ofertas de préstamos del fondo de ahorro (para reforzar el efecto palanca del fondo verde en favor de las inversiones de impacto).

Naturaleza de los proyectos

El fondo de apoyo a la adaptación de las zonas costeras al retroceso del litoral debe permitir cofinanciar :

1) Mapas locales que proyecten el retroceso de la línea de costa en un horizonte temporal de 30 y 30-100 años, que las autoridades locales deben realizar e incorporar a sus documentos urbanísticos de conformidad con las disposiciones del artículo L 321-15 del Código de Medio Ambiente y los artículos L121-22-1 y L121-22-2 del Código de Urbanismo;

Instrucción

La lista de los mapas locales seleccionados para el Fondo Verde es elaborada por los prefectos de departamento (DDT-M y departamentos de ultramar).

A continuación, el prefecto de departamento selecciona los proyectos y determina el importe de la subvención concedida, previo examen de los servicios descentralizados competentes.

Pueden crearse comités de pilotaje locales bajo la autoridad de los prefectos regionales y/o departamentales, que decidirán su composición.

Determinación del importe de la subvención concedida

El « Fonds d’accompagnement pour l’adaptation des territoires littoraux au recul du trait de côte » financiará hasta el 80% del coste de los mapas locales que proyecten el retroceso de la línea de costa, según lo previsto en el artículo L121-22-1 del código de urbanismo francés.

Antes de conceder la subvención deberá firmarse un convenio financiero.

2) Acciones de reordenación del territorio, contratadas con el Estado en el marco de proyectos de cooperación al desarrollo (PPA ) emprendidos en zonas costeras expuestas;

Instrucción

El principio adoptado es el de la « ejecución de la obra ». Para solicitar un PPA, el presidente de la EPCI presenta la solicitud al prefecto del departamento correspondiente.

El prefecto de departamento seleccionará los proyectos ganadores y determinará el importe de la subvención concedida, después de que las solicitudes hayan sido examinadas caso por caso por los servicios descentralizados de la administración (DDT-M y departamentos de ultramar).

Los prefectos pueden solicitar la opinión de la DGALN/DHUP para verificar la pertinencia de las solicitudes de subvención que superen 1 millón de euros para los CCE de prefiguración y que superen 4 millones de euros para los CCE operativos.

Determinación del importe de la subvención concedida

La concesión de la subvención está supeditada a la firma del contrato de CCE por las partes, junto con un plan financiero en el que se enumeren todas las acciones que deben llevarse a cabo en la zona en cuestión durante un periodo máximo de 10 años y una cláusula de revisión periódica del progreso de las acciones incluidas en el contrato. Cualquier modificación del contrato está sujeta a un informe previo de situación y a una actualización del paquete financiero.

A título indicativo, el porcentaje global de financiación por el Fondo Verde no podrá superar el 50% del importe total de las acciones incluidas en el contrato CCE.

El contenido de un CCE y sus modalidades de financiación se rigen por el « marco nacional para los proyectos CCE » disponible en el siguiente enlace:

www.ecologie.gouv.fr/sites/default/files/Cadrage_national_projets_partenariaux_amenagement_modalites_attribution_subventions_programme_135.pdf

La financiación se realiza mediante un decreto de concesión de subvenciones.

3) Experiencias de adaptación o incluso de deslocalización de instalaciones hoteleras al aire libre (campings) situadas en municipios expuestos al retroceso del litoral, como continuación de las medidas iniciadas en el marco del programa Destino Francia.

Instrucción

El prefecto de departamento seleccionará los proyectos ganadores y determinará el importe de la subvención concedida, una vez que las solicitudes hayan sido evaluadas caso por caso por los servicios descentralizados de la administración (DDT-M y departamentos de ultramar).

Determinación del importe de la subvención concedida

A título indicativo, el porcentaje global de financiación del Fondo Verde no puede superar el 50% del importe total de las acciones u operaciones subvencionadas.

El apoyo a los proyectos y obras de desarrollo se realiza mediante un convenio de concesión de subvención.

Condiciones de concesión de las subvenciones

En caso necesario, el fondo puede combinarse con otras subvenciones públicas, con un mínimo del 20% de la financiación aportada por el responsable del proyecto. También se aplican las normas específicas de cada fondo europeo. Por lo tanto, cada jefe de proyecto debe comprobar que la ayuda financiera del Fondo Verde es compatible con el régimen de ayudas estatales.

Cuando la subvención esté sujeta al decreto n.º 2018-514, de 25 de junio de 2018, relativo a las subvenciones estatales para proyectos de inversión, el convenio financiero se elaborará de conformidad con las disposiciones de dicho decreto.

Cuando la entidad local sea titular del proyecto y beneficiaria de la subvención, deberá garantizar una contribución mínima a la financiación de este proyecto, en las condiciones previstas en el III del artículo L.1111-10 del CGCT.

Los operadores del contrato de CCE también pueden beneficiarse de subvenciones:

Toda subvención del Fondo Verde sólo podrá abonarse previa justificación de la realización de las partidas de gastos de la operación objeto de la subvención. No obstante, podrá abonarse un anticipo al inicio del proyecto y pagos sucesivos a medida que éste avance. Éstos no podrán superar el 80% del importe estimado de la subvención.

El saldo de la subvención del Fondo Verde no podrá superar el importe máximo de la ayuda concedida establecido en la decisión o convenio de financiación y se abonará sobre la base de un informe de ejecución actualizado.

A este respecto, el modelo de convenio financiero estipula que el promotor del proyecto debe presentar documentos justificativos (certificado de realización de los objetivos, declaración recapitulativa de los gastos, etc.) para garantizar la correcta aplicación de estas normas. En caso de incumplimiento de estas normas, deberá reembolsarse la subvención financiada por el Fondo Verde.

Disposiciones contractuales

Siempre que sea posible, los proyectos seleccionados serán objeto de un acuerdo contractual en el marco del CPER (o de modificaciones del CCT en ultramar) y se incluirán en el CRTE.

Para la financiación de mapas locales de proyección del retroceso del litoral y de acciones relativas a los campings, la subvención deberá concederse sobre la base de la firma de un convenio financiero o de una decisión de concesión de la subvención. Este convenio/decisión podrá especificar en particular :

El CCE equivale a un contrato. Este contrato incluirá la hoja de ruta en la que se expondrán las acciones incluidas en el APP. En particular, esta hoja de ruta especificará los gastos que se van a subvencionar y el calendario para su realización, el calendario para el pago de la subvención, las normas de comunicación en el caso de las ayudas del « Fondo Verde » y las modalidades de reembolso en caso de que el proyecto no se complete o de que no se cumplan los compromisos adquiridos en el propio programa urbano, en términos de ejemplaridad o de calendario.

Compromisos recíprocos

Los documentos y cualquier información perteneciente al beneficiario y comunicada en los expedientes en cualquier soporte, así como cualquier elemento obtenido en aplicación de la decisión o del convenio de financiación, no se consideran confidenciales, a excepción de las innovaciones que impliquen una patente ya registrada o en curso de registro.

El resumen del proyecto y su localización, propuestos al presentar la solicitud, podrán utilizarse con fines de comunicación relacionados con el Fondo Verde, o reutilizarse en inventarios.

Además, la concesión de una subvención con cargo a este fondo implica la aceptación por parte del promotor del proyecto de :

Referencias

Para ir más allá